Quedan días para que VeriFactu sea obligatorio para autónomos (01·07·2027)

Guía · Riesgos

Sanciones VeriFactu: hasta 50.000 € por ejercicio

El régimen sancionador es la parte de VeriFactu que más asusta, y con razón: las multas son fijas, elevadas y por cada ejercicio fiscal en el que se incumpla. La buena noticia: evitarlas es sencillo si sabes qué se castiga exactamente.

Cuánto y por qué te pueden multar

Art. 201 bis de la Ley General Tributaria
ConductaQuién respondeMulta
Usar un sistema de facturación no adaptado, o tenerlo sin certificar cuando sea exigibleEmpresa o autónomo usuario50.000 € / ejercicio
Fabricar o comercializar software que permita ocultar o manipular ventasFabricante o comercializador150.000 € / ejercicio

A esto se suman, si procede, las sanciones generales de la Ley General Tributaria por omitir, alterar o destruir registros de facturación, que pueden ser muy superiores si hay ocultación de ingresos.

El matiz importanteLa multa de 50.000 € no exige que hayas defraudado: basta con tener un software no conforme cuando la norma ya te obligue. El "yo no sabía que mi programa no cumplía" no te protege: la obligación de usar un sistema adaptado es tuya.

Cómo quedar a salvo (3 movimientos)

¿Me pueden multar ya, en 2026?

Por no estar adaptado a VeriFactu, no: la obligación para usuarios llega en 2027 (calendario completo). Pero cuidado: el uso de software de doble uso (programas que ocultan ventas) ya es sancionable desde la Ley Antifraude de 2021, con independencia de VeriFactu.

Relación con tus otras obligaciones

Cumplir VeriFactu no te exime de nada: sigues obligado a conservar facturas 4 años, presentar tus modelos de IVA e IRPF y, cuando se despliegue, cumplir también la factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece, que es otra normativa distinta.

REG VF-2027/004 · Última revisión: 3 de julio de 2026 · Fuentes: RD 1007/2023, RD-ley 15/2025, sede electrónica de la AEAT.